Xúquer Viu

Xúquer Viu

dissabte, 22 de març del 2014

Canvis principals al pla del Xúquer.


1- TRANSVASE VINALOPÓ-ALACANTÍ-MARINA BAIXA (la parte subrayada es de nueva incorporación)

AHORA
página 41
iv. Los recursos excedentes, incluyendo ahorros procedentes de la modernización
de regadíos de la Ribera del Júcar, podrán aprovecharse para paliar la
sobreexplotación de acuíferos y déficit de abastecimientos del área del
Vinalopó-Alacantí y Marina Baja. Con objeto de no rebajar las garantías del
resto de usuarios del sistema de explotación Júcar, el Organismo de cuenca
elaborará las normas de explotación a las que se hace referencia en el apartado
D de este artículo y en las que se definirá el carácter de recursos excedentarios.

ANTES
página 42
iv. Los recursos excedentes podrán aprovecharse para paliar la sobreexplotación
de acuíferos y déficit de abastecimientos del área del Vinalopó-Alacantí y
Marina Baja. El carácter de recursos excedentarios se definirá en las normas de
explotación del sistema Júcar, a las que se hace referencia en el apartado D de
este artículo.

AHORA
página 44
16. Se asigna un volumen máximo anual de 80 Hm3 que puede destinarse al área del
Vinalopó-Alacantí y Marina Baja, de los cuales al menos 12 Hm3 procederán de
recursos superficiales no asignados generados en afluentes del río Júcar aguas
abajo de Tous. Esta asignación se realizará en los términos establecidos en el
apartado A.1.a.iv de este artículo.

ANTES
página 45
15. Se asigna un volumen máximo anual de 80 Hm3 que puede destinarse al área del
Vinalopó-Alacantí y Marina Baja, en los términos establecidos en el apartado
A.1.a.iv de este artículo.

2-MANCHA ORIENTAL (la parte subrayada es de nueva incorporación)
ANTES
página 45-46
5. Se establece una reserva de 65 Hm3/año de recursos superficiales del río Júcar,
vinculada a la conclusión de la sustitución de bombeos prevista en B.7, para
atender parcialmente los derechos de agua otorgados a cuenta de los recursos
subterráneos en los regadíos de la Mancha Oriental. Esta reserva se reducirá a 45
Hm3/año a medida que se disponga de los aportes previstos en el artículo 33.2.b de
esta normativa.

AHORA
página 45
6. Se establece una reserva de 100 Hm3/año de recursos superficiales del río Júcar,
vinculada a la conclusión de la sustitución de bombeos prevista en B.8, para
consolidación de riegos en la Mancha Oriental (Albacete-Cuenca) y para el posible
desarrollo de nuevos regadíos previstos en el Decreto 2325/1975 y en el Real
Decreto 950/1989, así como para atender parcialmente los derechos de agua
otorgados a cuenta de los recursos subterráneos en los regadíos de la Mancha
Oriental. Esta reserva se reducirá hasta 80 Hm3/año a medida que se disponga de
los aportes previstos en el artículo 33.2.b de esta normativa

3- ABASTIMENT A LA RIBERA

PLAN DEL 98
24. Si la evolución de la calidad de las aguas subterráneas actualmente destinadas a abastecimiento de poblaciones hiciera aconsejable sustituir tales abastecimientos con aguas superficiales procedentes del río Júcar no asignadas ni reservadas en este Plan Hidrológico de Cuenca del Júcar, la sustitución se realizará con recursos superficiales anteriormente destinados
a regadíos, y que serán sustituidos por los correspondientes recursos subterráneos liberados, sin producir variación en los balances globales del sistema de explotación.
El coste asociado a la sustitución deberá en todo caso ser financiado por los usuarios beneficiados.

BORRADOR AGOSTO DE 2013
B. Asignaciones
1. Se establecen las siguientes asignaciones de recursos superficiales para el
abastecimiento urbano e industrial:
d) Hasta 10 Hm3/año de recursos superficiales del Júcar para sustituir recursos
subterráneos que se utilizan en el abastecimiento de las poblaciones de la Ribera
del Júcar. Esta sustitución se realizará con recursos superficiales anteriormente
destinados a regadíos y que serán sustituidos por los correspondientes recursos
subterráneos liberados, empleando para ello los pozos de sequía ubicados en la
masa de agua subterránea de la Plana de Valencia Sur, que ya disponen de las
infraestructuras de interconexión con la zona de regadío, sin producir variación en
los balances globales del sistema de explotación del Júcar. El coste asociado a la
sustitución será financiado por los usuarios beneficiados.

BORRADOR 12 DE MARZO 2014
B. Asignaciones
1. Se establecen las siguientes asignaciones de recursos superficiales para el
abastecimiento urbano e industrial:
d) Hasta 10 Hm3/año de recursos superficiales del Júcar para sustituir recursos
subterráneos con problemas de calidad que se utilizan en el abastecimiento de las
poblaciones de las Riberas Alta y Baja del Júcar.

EXPLICACIÓ INFORME D'AL·LEGACIONS
Atendiendo a un gran número de alegaciones recibidas, en la normativa del plan se ha
contemplado una asignación, no condicionada al procedimiento de sustitución, de hasta
10 Hm3/año para sustituir recursos subterráneos que se utilizan en el abastecimiento a las
poblaciones de las Riberas Alta y Baja del Júcar con recursos superficiales. Por otra parte,
en el apartado de reservas, el plan contempla una reserva de 21,5 Hm3/año superficiales
del rio Júcar, adicionales a los asignados, para el abastecimiento de esas poblaciones.

AL·LEGACIÓ DE LA GENERALITAT SOBRE ELS ABASTIMENTS

Tema 5. Respecto a los abastecimientos urbanos. Indican que comparte las alegaciones de los Ayuntamientos de la Ribera del Júcar en las que solicitan una concesión directa para abastecimiento urbano al igual que la tienen Valencia, Sagunto y Albacete, concesión que debe ser suficiente para sustituir las concesiones actuales de aguas subterráneas por agua superficial del Júcar. En lo que hace referencia a las reservas para usos futuros en los municipios de la Ribera del Júcar, estas deberán ser inmediatamente materializables en el momento que se produzcan. Se tiene en cuenta la alegación y se modifican los artículos correspondientes de la
normativa del plan.

REDACCIÓ FINAL 14 DE MARÇ A LES 12:00
B. Asignaciones
1. Se establecen las siguientes asignaciones de recursos superficiales para el
abastecimiento urbano e industrial:

d) Hasta 10 hm3/año de recursos superficiales del Júcar para sustituir recursos subterráneos con problemas de calidad que se utilizan en el abastecimiento de las poblaciones de la Ribera del Júcar. Esta sustitución se realizará con recursos superficiales anteriormente destinados a regadíos y que serán sustituidos por los correspondientes recursos subterráneos liberados, empleando para ello los pozos de sequía que ya disponen de las infraestructuras de interconexión con la zona de regadío, sin producir variación en los balances globales del sistema de explotación del Júcar. El coste asociado a la sustitución será financiado por los usuarios de abastecimiento beneficiados.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de una posible asignación sin sustitución de una parte del volumen antes referido, en función de las disponibilidades del sistema.


Explicació del nostre vot contra el pla


CONSEJO DEL AGUA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR
Av. Blasco Ibáñez, 48
46010 – Valencia
A/A SRA. PRESIDENTA
Dª MARÍA ÁNGELES UREÑA.

ASUNTO: REMISIÓN DE EXPLICACIÓN RAZONADA DEL VOTO EN CONTRA DE LOS VOCALES REPRESENTANTES DE INTERESES AMBIENTALES EN RELACIÓN CON EL PUNTO SEGUNDO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA REUNIÓN DEL CONSEJO DE AGUA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR DE 14 DE MARZO DE 2014, PARA SU INCORPORACIÓN AL ACTA DE LA CITADA REUNIÓN.
Valencia, 14 de marzo de 2014

EXPLICACIÓN RAZONADA DEL VOTO EN CONTRA DE LOS VOCALES REPRESENTANTES DE INTERESES AMBIENTALES EN RELACIÓN CON EL PUNTO SEGUNDO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA REUNIÓN DEL CONSEJO DE AGUA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR DE 14 DE MARZO DE 2014.
En primer lugar, os representantes de los intereses ambientales en este Consejo deseamos expresar nuestro desacuerdo con el procedimiento de convocatoria y remisión de la documentación relativa al punto segundo del orden del día de esta reunión del Pleno del Consejo del Agua de la Demarcación. Tal como expresamos en el escrito remitido a la Presidencia de este Consejo con fecha 11 de marzo de 2015, consideramos que para permitir el análisis de un asunto trascendental para la política del agua de esta Demarcación como es la emisión de informe sobre la propuesta de Proyecto de Plan Hidrológico de Cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, y su eventual elevación al Gobierno, para su aprobación, es necesario contar con la documentación a analizar y sobre la que los miembros de este órgano colegiado de participación y planificación hidrológica ha de emitir juicio, al menos con una antelación de 15 días hábiles. Desafortunadamente, esta petición no ha sido atendida por la Presidencia del Consejo, haciendo inviable el análisis pormenorizado y completo de la documentación remitida con la escasa antelación de 48 horas. Lamentamos que haya prevalecido la opacidad y la negociación de pasillo frente a la transparencia y voluntad de facilitar la participación efectiva y en igualdad de condiciones de los miembros de este Consejo. Prueba de ello es que la reunión del Consejo convocada a las 11 h. comenzara con una hora de retraso mientras se estaban cerrando modificaciones negociadas en secreto con algunos de los miembros de este Consejo y que han terminado en la introducción de modificaciones significativas en el texto normativo del Plan como la practicada en relación con el art. 28.B.1.d sin que ni siquiera en la reunión se explicaran los motivos de dichos cambios. Las circunstancias en las que se ha convocado esta reunión del Consejo y cómo se han introducido las modificaciones mencionadas es una muestra más del escaso interés de las autoridades competentes en la calidad del proceso de participación pública vinculado a la elaboración de este Plan. Esperamos que este sea uno de los aspectos en los que significativamente se mejore en el próximo ciclo de planificación.
En segundo lugar deseamos expresar las conclusiones a las que hemos llegado a partir del análisis que hemos podido realizar de la documentación remitida y que motiva el sentido de nuestro voto al informe preceptivo de este Consejo a la propuesta de Proyecto de Plan Hidrológico de Cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, ciclo 2009-2015:
Primero. Si bien se han atendido algunas de las alegaciones presentadas por las entidades y organizaciones en defensa de los intereses ambientales a las que representamos en este Consejo, la mayoría de ellas han sido descartadas o bien postergadas al siguiente ciclo de planificación. Por otra parte, la administración competente, según consta en el Informe sobre las propuestas, observaciones y sugerencias al Proyecto del Plan Hidrológico de cuenca, no ha tomado en consideración más de 3000 alegaciones firmadas por particulares, presentadas con fecha 7 de febrero de 2014, dentro del plazo establecido legalmente de consulta pública del borrador de la propuesta de Plan y el ISA; pues dicho informe no incluye referencia alguna a estas alegaciones.
Segundo. Aunque nos parece un pequeño avance la reevaluación del estado ecológico de las masas de agua superficiales tipo río teniendo en cuenta los indicadores piscícolas –que por cierto arroja unos resultados mucho peores a los obtenidos sin tener en cuenta estos indicadores, tal como argumentamos- el hecho de incorporar esta información en una fase tan tardía de la planificación ha impedido que se pudieran discutir e incorporar medidas efectivas para reducir las presiones antrópicas sobre las masas de agua afectadas ya en este ciclo de planificación, y que la discusión de tales medidas quede postergada al siguiente ciclo de planificación que, por cierto, ya se encuentra en el ecuador de su desarrollo sin que se haya podido iniciar debate alguno.
Tercero. También se han incrementado testimonialmente los caudales ecológicos mínimos en algunas masas de agua tipo río, fundamentalmente en afluentes y zonas de cabecera de las cuencas hidrográficas; sin embargo, los caudales mínimos previstos en las cuencas medias y bajas de los principales ejes fluviales de la demarcación continúan manteniéndose en volúmenes claramente escasos y con una modulación estacional claramente inadecuada a nuestro entender para actuar como medidas eficaces para contribuir al logro del buen estado o del buen potencial de dichas masas. Tampoco se ha incrementado el volumen asignado para satisfacer las necesidades hídricas del lago de l’Albufera y continúa sin determinarse el origen de dichos recursos y la calidad que deben tener para evitar que el estado ecológico de l’Albufera continúe  deteriorándose. Aunque valoramos estos pequeños avances en materia ambiental nos parece que continúan siendo insuficientes para hacer de este Plan un instrumento eficaz en la protección de las masas de agua y de los ecosistemas dependientes de ellas. El PHDHJ no garantiza los aportes hídricos a humedales, manantiales y fuentes. Las restricciones ambientales que establece el mismo son insuficientes para garantizar el buen estado ecológico de estos pequeños espacios del agua. Ante el nuevo proceso de planificación en la cuenca del Júcar, debe plantearse como objetivo prioritario la recuperación de los niveles piezométricos de las masas de agua subterránea hasta sus cotas históricas en régimen natural, como único camino para conseguir el buen estado ecológico de las masas de agua subterráneas, que permita de nuevo el afloramiento de las fuentes y los manantiales que nacen a partir de las mismas.
Cuarto. Esta propuesta de Plan, sin embargo, en lo sustancial no actúa de manera coherente con los objetivos establecidos por el artículo 1 de la Directiva Marco del Agua,  de protección y no deterioro adicional del estado de las masas de agua y de uso sostenible a largo plazo de los recursos hídricos disponibles. Si los recursos de agua en régimen natural son cada vez menores, necesariamente deben reducirse los usos que hasta ahora se están produciendo. Por ello nos manifestamos contra el actual proceso de planificación hidrológica (y sus resultados plasmados en el Plan sometido informe de este Consejo), que lejos de asumir una realidad configurada por recursos de agua cada vez más escasos y deteriorados, se instala en la autocomplacencia y en la creencia de que con más obras se podrán seguir abasteciendo usos absolutamente depredadores e insostenibles desde el punto de vista físico. Así en el caso de las masas de agua subterráneas de la Mancha Oriental y del Vinalopó, el Plan asigna a los usuarios privativos más recursos hídricos que los que el propio Plan establece como recursos disponibles. La reversión de la contaminación de las aguas subterráneas así como su protección no recibe la atención necesaria en este Plan. En los últimos 30 años los recursos naturales superficiales del Júcar se han reducido significativamente y los subterráneos de los que dependía históricamente buena parte del abastecimiento a población de la cuenca están sobreexplotados o bien contaminados; no obstante, este proyecto de Plan incrementa la asignación de agua a Valencia y su área metropolitana; a Sagunto y Camp de Morvedre; y cuelga nuevas demandas agrícolas y de abastecimiento a población de los sistemas Vinalopó-Alacantí y Marina Baixa. El Plan mantiene todos los trasvases de agua intercuencas hidrográficas naturales que actualmente tienen lugar en la Demarcación Hidrográfica del Júcar. En concreto, los mencionados que tienen como cuenca origen de los recursos la del Júcar, con destino a las cuencas del Palancia, Turia y Vinalopó. Y ello con independencia del uso del agua trasvasada en las cuencas de destino. Los recursos que ahora se obtienen a partir de estos trasvases deberían conseguirse mediante una adecuada conservación y reasignación de los recursos subterráneos y superficiales de las propias cuencas de destino, eliminando estas presiones externas sobre la cuenca del Júcar, ya sobreexplotada y con la mayoría de sus masas de agua en mal estado.  Sin embargo, al mismo tiempo que se mantienen estos trasvases, el Plan se encomienda al Plan Hidrológico Nacional para que “solucione” con aportes externos los 175 hm3/año de déficit hídrico así creado en la cuenca del Júcar. Es decir, se abunda en una estrategia de incremento de la oferta y transferencia de las presiones e impactos a otros territorios, que se muestra una y otra vez ruinosa, pues nunca se limitan o reducen las demandas de agua, ni se racionaliza la gestión hidrológica tomando como referencia el funcionamiento de la cuenca hidrológica natural. Así por ejemplo, nos parece un despropósito que no se ajusta a derecho que la mera solicitud de riegos antes de una fecha determinada adquiera la consideración de riegos consolidados, como hace el artículo 19 de la Normativa en su versión de 11 de marzo sometida a este Consejo.  De igual forma, la figura de “uso de escasa importancia” que sustituye a la de “uso de pequeña cuantía” que incrementa significativamente la permisividad de dichos usos al quintuplicar el umbral máximo de agua utilizada (de 3000 m3/año a 15000 m3/año y que duplica en casi todos los sistemas de explotación de la Demarcación los volúmenes asignados o reservados a esta categoría de usos. En el mismo sentido valoramos las reservas engordadas para nuevos regadíos aprobados hace 40 años que no han sido desarrollados hasta la fecha, circunstancia ésta última que debería hacer reflexionar sobre su inviabilidad. Con constantes puertas traseras como estas, es evidente que este Plan no contempla las medidas necesarias para alcanzar los objetivos de buen estado o buen potencial de las masas de agua. De ahí el establecimiento generalizado de prórrogas para alcanzar el buen estado cuantitativo y químico en las masas de agua subterránea y el buen estado ecológico y químico en las masas de agua superficial así como el establecimiento de objetivos menos rigurosos en varias de ellas.
Quinto. El planteamiento del trasvase Júcar-Vinalopó establecido en la Normativa es inaceptable por, al menos, dos razones. En primer lugar, recupera la fórmula jurídica del Plan de 1998: “para paliar la sobreexplotación de acuíferos y el déficit de abastecimiento en el Vinalopó-l’Alacantí y Marina Baja”, que ya fue objeto de derogación en ese Plan por sentencia firme del Tribunal Supremo de Justicia, de 20 de octubre de 2004. En segundo lugar, porque lo que se pretende trasvasar son unos recursos excedentes –cosa bastante irónica, teniendo en cuenta que la misma Normativa del Plan dice que el sistema de explotación Júcar tiene un déficit de 175 hm3/año cuya solución se fía a aportes externos por el PHN- cuya definición no aborda el Plan ni especifica en dónde están. Cabe decir que el concepto en sí de recursos excedentes en una cuenca cuyas masas de agua se encuentran, en su mayoría, en mal estado y su río principal raramente alcanza el mar es más que discutible.  Esta falta de precisión jurídica para delimitar este concepto jurídico indeterminado cuya definición se deja al criterio discrecional del Organismo de Cuenca, que deberá definirlo en unas normas de explotación con posterioridad a la aprobación del propio plan, crea una situación de inseguridad jurídica a los usuarios no privativos de la cuenca cedente y a la ciudadanía en general, pues la tramitación escogida no ofrece mecanismos de transparencia y participación pública que permitan tener en cuenta sus intereses. A pesar de ello, lo que se adelanta en la Normativa del Plan (versión 11 de marzo) es que los ahorros generados por la modernización de regadíos en la Ribera del Júcar pasarían íntegramente a formar parte de dichos recursos excedentes trasvasables, así como los recursos naturales no asignados de los afluentes del río Júcar situados aguas abajo de Tous, estableciendo incluso una asignación mínima de 12 hm3/año. Ni siquiera se toma la precaución de especificar que se trate de ahorros “efectivos” o “netos”, esto es, descontando los retornos de riego que habría que garantizar con aportaciones directas para no afectar la recarga de masas de agua subterráneas o las aportaciones de las que se alimentan otras masas de agua o ecosistemas, como es el caso de la Albufera de Valencia en relación con los regadíos tradicionales de la Ribera del Júcar.   De esta manera todos los caudales que se liberarían por la modernización de regadíos en la Ribera no quedarían disponibles para satisfacer las necesidades ambientales de la cuenca y reducir así su sobreexplotación, sino que automáticamente se incorporarían como recursos trasvasables al Vinalopó-l’Alacantí y Marina Baja. La redacción actual de los documentos Normativos y técnicos del Plan no garantizan que el trasvase funcionará única y exclusivamente desde su toma actual, situada en el Azud de la Marquesa, sin afectar los caudales ecológicos del Júcar y la Albufera y los usos asentados en las comarcas de la Ribera Alta y Baja del Júcar; y que los recursos trasvasados realmente se utilizarán para sustituir bombeos agrícolas en el Vinalopó, cerrando toda opción a nuevos usos en estas cuenca sobreexplotadas. Más bien al contrario, deja abierto un abanico de opciones para enviar agua del Júcar a estos sistemas de explotación desde otros puntos del río, ya sea a través de la construcción de una nueva toma de aguas, aguas arriba del Azud de la Marquesa, ya sea utilizando la infraestructura del Acueducto Tajo-Segura desde Alarcón. Explícitamente se establece como destino del agua trasvasada su uso para abastecimiento a población, lo que sitúa la satisfacción de estos volúmenes por delante del resto de usos y los caudales ecológicos de la cuenca cedente, especialmente en situaciones de escasez.    
Sexto. La modificación de última hora –conocida durante la reunión del Consejo de 14 de marzo- practicada en la normativa en el caso de la asignación de agua superficial para los abastecimientos de población de varios municipios de las comarcas de la Ribera Alta y la Ribera Baja del Júcar, afectados por la contaminación por nitratos y pesticidas de sus fuentes de abastecimiento subterráneas tradicionales es absolutamente inaceptable. La Confederación Hidrográfica del Júcar no ha explicado cuáles son las razones de interés general que justifican dicha modificación. La versión de 11 de marzo de la Normativa (art. 28.B.1) mostraba un retorno al sentido común en este asunto pues evitaba la injusticia y la incoherencia de que fueran los perjudicados por un deterioro que no han generado, los que pagaran por acceder a recursos hídricos con calidad adecuada para abastecimiento a población, y se contemplara una asignación directa de aguas superficiales del Júcar sin sujeción a permuta alguna con las comunidades de regantes ni a contraprestación económica en beneficio de éstos, a pagar por los usuarios de abastecimiento. Esta modificación del texto inicialmente sometido a consulta pública fue solicitada por buena parte de los ayuntamientos afectados, la Generalitat Valenciana, asociaciones ecologistas y más de 3000 particulares. A pesar de ello, bastaron 48 horas de negociaciones secretas para volver al texto inicial, continuista con el planteamiento ya recogido en el Plan Hidrológico de 1998, que no cumple con los artículos 7.3 y 9 de la DMA ni con los artículos 60.3 y 92.h) de la Ley de Aguas. Además es una medidas manifiestamente injusta e incoherente, pues con la modificación introducida el 14 de marzo serán los usuarios de abastecimiento perjudicados por el deterioro químico de las aguas subterráneas, causadas por la contaminación difusa con nitratos y pesticidas de origen agrario, los que tendrán que pagar a las comunidades de regantes por acceder a recursos hídricos con calidad adecuada, a través de una permuta.
Cabe remarcar, en todo caso, que el problema de fondo -la contaminación de las aguas subterráneas- continua sin abordarse en el Plan ni tampoco por parte de las autoridades competentes (estatales y autonómicas) con la decisión y urgencia necesarias.
Séptimo. Este Plan sigue insistiendo en llevar a cabo grandes proyectos de obras de muy dudosa rentabilidad social, como si no hubiéramos aprendido nada de la multitud de fiascos de la reciente etapa de boom de obra pública y sus conexiones con casos de corrupción política. Las grandes obras hidráulicas que se plantean buscan “tapar” los fracasos en la gestión del agua basada en el aumento de los recursos de agua a toda costa. Pero la alternativa de gestionar mejor lo propio, aun siendo la más barata y la mejor para el territorio y para la mayoría de sus habitantes, no es la más rentable para los potentes grupos de presión interesados en manejar grandes presupuestos de obras y proyectos de gestión centralizada de servicios públicos a través de multinacionales privadas.
Dada la escasa antelación con la que se nos ha suministrado la ingente y compleja documentación de este Plan, así como las negociaciones bilaterales de última hora, llevadas a cabo de manera discrecional y de espaldas al conjunto de miembros del Consejo, que han dado lugar a cambios sustantivos en algunas prescripciones normativas del Plan, los representantes de los intereses ambientales en este Consejo, honestamente esgrimimos las razones explicadas en los párrafos anteriores para motivar y justificar nuestro VOTO EN CONTRA a la propuesta de Proyecto de Plan Hidrológico de Cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Júcar sometida a informe preceptivo de este Consejo del Agua de la Demarcación.
Remitimos el presente escrito para que esta explicación razonada de nuestra posición conste en las Actas de la reunión de dicho Consejo celebrada el 14 de marzo de 2014 y sea incorporada a la documentación constitutiva del Proyecto de Plan Hidrológico de Cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Júcar que sea elevada por este Consejo al Gobierno y en su posterior tramitación. 

Firmado:

  GRACIELA FERRER MATVIEYCHUC                              GREGORIO LÓPEZ SANZ
                  (Asociación Xúquer Viu)                   (ACEM-Ecologistas en Acción de Albacete)  
           
VOCALES TITULARES DEL CONSEJO DEL AGUA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR, EN REPRESENTACIÓN DE LOS INTERESES AMBIENTALES.

Recull de notícies sobre el Xúquer

dilluns, 17 de març del 2014

EL XÚQUER ES VEN AL MILLOR POSTOR AMB LA COMPLICITAT DE LA GENERALITAT VALENCIANA I EL GOVERN D'ESPANYA


El Govern contenta als lobbys de l'aigua d'Alacant i de la Manxa Oriental en detriment del Xúquer

Xúquer Viu, junt a les organitzacions ecologistes ha votat en contra d'un pla que no compleix la Directiva Marc de l'Aigua i el denunciarà a Europa

Els compromisos polítics del Govern de la Generalitat amb el lobby de l'aigua d'Alacant i del Govern d'Espanya amb el lobby de l'aigua de la Manxa deixen al Xúquer, a l'Albufera i a la Ribera com els grans perjudicats

Els abastiments de la Ribera tornen a la redacció anterior condicionant-los a una permuta amb els regants que els usuaris i ajuntaments hauran de pagar

Des de Xúquer Viu i altres organitzacions ecologistes, agràries, sindicals i socials es ve denunciant que el futur Pla de Conca del Xúquer no resol els principals problemes –sobreexplotació quantitativa i qualitativa de les masses d’aigua- que afecten la conca del Xúquer i torna a repetir els errors del nefast Pla de 1998 quan es va repartir més aigua de la que hi havia en el riu. Aquest Pla incompleix la Directiva Marc de l'Aigua que té com a principal objectiu l'assoliment del bon estat ecològic de les masses d'aigua, rius, aqüífers i zones humides.

Si aquest Pla ja era insostenible, en els últims dies ha empitjorat de manera notable fruit de negociacions opaques, realitzades d'esquena a la societat i a molts dels sectors implicats en aquest pla.

D'aquesta manera si a la Manxa li assignaven 400 hm3 (320 hm3 d'aigua subterrània + 80 hm3 d'aigua superficial) i una reserva de 65 hm3 en el primer esborrany, ara aquesta reserva puja a 100 hm3 -35 hm3 més- i a més s'introdueix que eixa reserva podrà destinar-se a nou regadius. Així s'aprofundirà la situació de sobreexplotació de l'aqüífer de la Manxa Oriental i del propi riu. Cal tindre en compte que el mateix pla reconeix que l'extracció de l'aqüífer autoritzada de 320 hm3 està molt per damunt de la recàrrega natural que és de 260 hm3.

Per altra part el lobby de l'aigua d'Alacant que ja havia aconseguit que es canviara el terme de sobrants pel d'excedents que obria les portes a un futur transvasament, ara, amb la complicitat i recolzament del govern de la Generalitat Valenciana, quantifica en almenys 12 hm3 la xifra que podria anar per a aigua de boca al Vinalopó, Marina Baixa i Alancantí, des d'un nou transvasament aigües amunt, des d'Antella o Cortes de Pallàs, o des del mateix embassament d’Alarcó. Malgrat tots els intents dels regants del Xúquer d'eliminar aquesta nova incorporació, el ferri pacte entre el Govern de la Generalitat i aquest lobby l'ha impossibilitat. A més per la nova redacció del Pla s’ha inclòs que els estalvis de la modernització del regadiu de la Ribera, seran considerats com excedents per enviar al Vinalopó, Marina Baixa i Alacantí.

L'únic avanç que s'havia aconseguit dins d'aquesta involució, com era que els abastiments de la Ribera tindrien una assignació pròpia de 10 hm3 sense permutes ni condicionaments, s'ha tornat arrere i es recupera el text de 1998, que obliga a una permuta amb els regants previ pagament del cost associat. És clar que aquest és un bon negoci per alguns que no han volgut deixar escapar l'oportunitat i salva la cara de l'impresentable Director General de l'Aigua, José Alberto Comos, que havia sigut l'impulsor d'aquest "tinglado" , que és la veu del lobby de l'aigua d'Alacant i que cada vegada més sectors reclamen la seua immediata dimissió.

Resulta paradoxal que continue negant-se a la Ribera del Xúquer una concessió directa d’aigües del Xúquer quan al mateix temps se li donen, almenys 12 hm3 de bona qualitat per al negoci i l’especulació del lobby de l’aigua d’Alacant, o quan s’amplia la reserva d’aigua per a la Manxa.

Cal denuncia la culminació d’un procés que mai ha sigut transparent i participatiu però que ha tingut un final vergonyós, propi no d’un sistema democràtic sinó d’una dictadura bananera. Els canvis introduïts a última hora en negociacions opaques sense el coneixement de la resta d’agents implicats, arribant a l’extrem de que aquest matí la reunió del Consell d’Aigua del Xúquer ha començat una hora tard perquè alguns estaven negociant com quedaria el tema dels abastiments de la Ribera.

Adjuntem els canvis més substantius que s’han produït en els 2 últims dies.

Més informació: Paco Sanz 649250411 i Graciela Ferrer 616309243



Resum de notícies sobre el Pla del Xúquer


LA VEU DEL PAÍS VALENCIÀ 15-03-14: El Xúquer es ven al millor postor



LAS PROVINCIAS 15-03-14 El Gobierno promete 46 millones y frena la rebelión de los regantes

«Se cumplen las expectativas sin molestar a nadie»



LA TRIBUNA DE ALBACETE 15-03-14 Francisco Núñez: "Albacete jamás ha tenido 100 hectómetros reservados para sus regadíos
 
RIBERA EXPRES 14-03-14 La Ribera es queda sense concessió directa del Xúquer mentre el Govern premia La Manxa i Alacant »
Los regantes de la Ribera ceden a cambio de finalizar las obras de modernización de los regadíos
IAGUA 14-03-14 El presidente de la Diputación de Albacete califica de 'histórico' el Plan del Júcar

 
 
LAS PROVINCIAS 14-03-14 Xúquer Viu y la oposición ven insuficientes los cambios en el nuevo Plan del Júcar

EUROPA PRESS 14-03-14 "TODO EL AGUA PARA NOSOTROS"


TRIBUNA DE ALBACETE 13-03-14 El Plan del Júcar resuelve el agravio a Albacete y destina más agua a Cuenca